domingo, 23 de agosto de 2020

Organismos de control y vigilancia.

 

Lunes 24 de agosto del 2020

Organismos de control

Son aquellos organismos a los que la  

Constitución Política les confía las funciones

 relacionadas con el control disciplinario,

 defender al pueblo y el control fiscal.

 

Procuraduría general de la nación:

Vigilar el cumplimiento del ordenamiento

 jurídico, velar por el ejercicio diligente

 y eficiente de las funciones administrativas, 

así como vigilar a quienes ejercen 

funciones públicas, todo con el fin de 

prevenir las posibles irregularidades.


Contraloría general de la república:

se le ha encargado el control fiscal, 

es un control financiero, de gestión y 

resultados sobre la gestión fiscal de las 

entidades y particulares que manejan

 fondos o bienes del Estado 

(Constitución Política de 1991 Artículo 119).

Veeduría:

El mecanismo democrático de representación

 que le permite a los ciudadanos o a las

 diferentes organizaciones comunitarias,

 ejercer vigilancia sobre la gestión pública, 

respecto a las autoridades, administrativas,

 políticas, judiciales, electorales, legislativas

 y órganos de control, así como de las 

entidades públicas o privadas. 


No hay comentarios.:

Publicar un comentario