Lunes 24 de agosto del 2020
Organismos de control
Son aquellos organismos a los que la
Constitución Política les confía las funciones
relacionadas con el control disciplinario,
defender al pueblo y el control fiscal.
Procuraduría general de la nación:
Vigilar el cumplimiento del ordenamiento
jurídico, velar por el ejercicio diligente
y eficiente de las funciones administrativas,
así como vigilar a quienes ejercen
funciones públicas, todo con el fin de
prevenir las posibles irregularidades.
Contraloría general de la república:
se le ha encargado el control fiscal,
es un control financiero, de gestión y
resultados sobre la gestión fiscal de las
entidades y particulares que manejan
fondos o bienes del Estado
(Constitución
Política de 1991 Artículo 119).
Veeduría: |
El mecanismo democrático de representación
que le permite a los ciudadanos o a las
diferentes organizaciones comunitarias,
ejercer vigilancia sobre la gestión pública,
respecto a las autoridades, administrativas,
políticas, judiciales, electorales, legislativas
y órganos de control, así como de las
entidades públicas o privadas.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario